ESTADÍSTICA DE PRODUCCIÓN (ENERO – OCTUBRE 2023)

SUBSISTEMA NACIONAL ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO

SALAS SNEED

JUZGADOS SNEED

"Un año de funcionamiento del Sub sistema nacional especializado de extinción de dominio"

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¿De qué trata la Extinción de Dominio y cuál es el trabajo que desarrolla el área a su cargo? La Extinción de Dominio es una herramienta de política criminal. En nuestro país, así también en otros países a través del mundo, la criminalidad organizada viene alcanzando dimensiones que realmente agreden fuertemente a toda la sociedad ¿cuál es la finalidad de la criminalidad organizada? Ganar dinero, ganar bienes, acumular ingentes cantidades de riqueza. La extinción de dominio es creada a raíz de Convenios internacionales que nuestro país ha firmado para desapoderar de estas ingentes riquezas a las personas que la han obtenido por medios ilícitos, es decir a través de criminalidad organizada como son el tráfico de drogas, la minería ilegal, la trata de blancas y todos aquellos delitos cuya finalidad sea la de obtener ganancias ilícitamente y que además formen parte de la criminalidad organizada. ¿Cuánto ha logrado recuperar el Poder Judicial a favor del Estado con la existencia del Sub sistema de extinción dominio? En el primer año de trabajo de este Sub sistema se ha logrado recuperar más de 163 millones de soles, de los cuales 78 millones corresponden a Sentencias emitidas contra las cuales ya no existe ningún recurso impugnatorio posible. Mientras que los 85 millones adicionales corresponden a nuevas medidas cautelares, demandas, que por supuesto tenemos la expectativa que puedan ser materia de extinción de dominio.

A un año de su creación el Sub sistema nacional especializado en extinción de dominio del Poder Judicial ¿Qué logros son los que realmente ha alcanzado? El Sub sistema de extinción de dominio tiene importantes logros en su primer año de creación. En primer término, tenemos que referir que se ha logrado el engranaje judicial capaz de afrontar adecuadamente los temas de extinción de dominio que sean presentados. Es así que no solamente están comprometidos en este importante trabajo los Jueces, el personal jurisdiccional, el personal administrativo, sino también por supuesto, el Ministerio Público, la Policía especializada, los Procuradores del Estado, que actualmente cuentan con una Procuraduría especializada en la materia; así también, los defensores públicos que igualmente cuentan con la capacitación debida. Respecto de la capacitación es muy importante reconocer el apoyo que hemos tenido, especialmente de la Embajada Norteamericana, que nos ha permitido llegar a todos los jueces del país para una capacitación continua, constante en materia de extinción de dominio. Así también hemos contado con la asistencia de expertos nacionales e internacionales, últimamente hemos llevado a cabo un Simposio Internacional con la importante participación del doctor Prado Saldarriaga, el doctor Jorge Luis Salas Arenas que son, como todos sabemos Jueces Supremos de la República; así también hemos contado con la doctora Sara Salazar Landinez de Colombia, de Guatemala el señor Manuel Rojas Cetina y de Honduras el señor Marco Antonio Villeda Sandoval, quienes nos han expuesto temas de actualidad respecto de extinción de dominio, ahondando la capacitación que ya se tiene dentro del Sistema.

¿El monto que usted menciona permitirá hacer una proyección sobre el monto anual que se estima, podrá recuperar el Sub sistema de extinción de dominio a favor del Estado? El tema de los montos, como quiera que no es una situación automática, no es una situación matemáticamente calculable, no es posible hacer una proyección cierta, pero respecto de los montos recuperables, en otros países como en Colombia, por ejemplo, en Honduras, en Guatemala se han logrado ingentes cantidades de recuperación. Cantidades que han sido destinadas en esos países a obras de bien social, para demostrar que “el crimen no paga” y que esos dineros devueltos al Estado van a servir para obras sociales, como por ejemplo: Parques, Centros culturales, Centros de tratamiento de drogadicción y en estos momentos de pandemia podrían ser dedicados algunos locales, por ejemplo, a centros que acojan a los enfermos con el Covid, que realmente nos tiene muy preocupados a todos. ¿A través de qué norma es que se crea esta área y con cuántas sedes cuenta el país a nivel judicial? En el Poder Judicial se crea a través de la Resolución 122 del año 2019 expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Actualmente nosotros contamos con 22 Juzgados a nivel nacional, así también contamos con 3 Salas de apelaciones, una instalada en Lima, otra en Trujillo y otra en Arequipa, Salas que atienden en forma transversal a los distintos casos presentados ante los distintos Juzgados, los 22 que acabo de mencionar.

¿Cuáles son los órganos jurisdiccionales que tienen el mayor volumen de procesos de extinción de dominio? Es el Juzgado que está a cargo del doctor Eduardo Torres Vera, quien es el Juez especializado del Juzgado permanente de extinción de dominio de Lima, y porque este fue el primer juzgado que se creó antes del Sub sistema de extinción de dominio y que anteriormente atendía los casos denominados de pérdida de dominio, que es el sistema que precedió al sistema de extinción de dominio que es el actualmente existente.

JUEZ EMITE PRIMERA SENTENCIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN EL PERÚ

2020-02-17 / Bogota Colombia

Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Cajamarca declara fundada la solicitud de extinción de dominio por la suma de $ 10 500.00 (Diez Mil Quinientos con 00/100 Dólares Americanos), y ordena se declare su titularidad a favor del Estado, debiendo extinguir los derechos que ostentaba la requerida sobre dicho dinero. Con fecha 06 de agosto de 2019 el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Cajamarca – Amazonas que despacha el Dr. Edwin Chacón Núñez, dictó sentencia, en primera instancia, declarando FUNDADA la DEMANDA de Extinción de Dominio presentada por la Fiscalía Superior Transitoria Especializada de Extinción de dominio con competencia en Cajamarca y Amazonas. Los hechos que dieron origen al proceso de extinción de dominio ocurrieron el pasado 30 de noviembre del año 2013, a las 21:25 horas, fecha en que el personal policial del Departamento de investigaciones – PNP de Utcubamba – Bagua Grande, en la cuadra 23 de la AV. Chachapoyas, al frontis del restaurant “Utcubamba”, intervinieron a un vehículo automotor, marca: subaru, color verde/gris, modelo: forester 5D2.0X5MTDAWD, con placa de rodaje: C2S-339, interviniendo a las personas de Jhon Wuillian Manrique Huertas, y como copiloto a la señora Cintia Catalina Rubio Vallejos, solicitándole muestre sus pertenencias, quienes ante la negativa de exhibir sus bienes, fueron trasladados a la dependencia policial de Utcubamba, donde nuevamente se negó por segunda vez a la exhibicional solicitada, por lo que se procedió al registro personal siendo que, a la señora Rubio Vallejos se le halló, entre otros bienes, (03) tres billetes de la denominación S/. 100.00 (Cien con 00/100 soles), 08 billetes de la denominación $ 100.00 (Cien con 00/100 Dólares Americanos) y (105) ciento cinco billetes de la denominación de $ 100.00 (Cien con 00/100 Dólares Americanos), todo ello contenido en una bolsa plástica chequera color negro, quien refirió que los (105) ciento cinco billetes de $ 100.00 (Cien dólares americanos) le habría entregado la persona de María Luisa Bernales Cenepo, con la finalidad que cambiase el dinero en la ciudad de Trujillo de donde es su origen y que por dicho favor le pagaría el 20%. La manifestación dada por la intervenida Rubio Vallejos, fue corroborado por la aludida señora Maria Luisa Bernales Cenepo, quien ha manifestado en el seno del proceso de extinción de dominio, que dicho dinero lo recibió por parte del padre de su hija, señor Nicolás Gallardo Saucedo fallecido en el mes de junio del 2013, en dos armadas de 50 y 55 billetes de 100 dólares americanos, haciendo un total de $10 500.00 (Diez Mil Quinientos con 00/100 Dólares Americanos). Bernales Cenepo habría referido que el padre de su hija habría obtenido el dinero en base a un negocio que consistía en un night club, no obstante, en su segunda declaración manifestó desconocer el origen del dinero, habiendo manifestado, también, que se dedica a los quehaceres de su casa y al comercio siendo que percibe por dichas actividades la suma de S/. 800.00 (Ochocientos con 00/100 Soles) mensuales. En tal sentido, quedó acreditado los presupuestos de: i) incremento patrimonial no justificado de una persona natural, que ostentaba una suma considerable de dinero extranjero (dólares americanos auténticos), que incrementaban su patrimonio, la misma que no pudo justificar su procedencia, máxime si dentro del proceso de Extinción de Dominio señaló que solo ella conocía de la existencia de dicho dinero, acciones que denotan la forma soterrada del origen del mismo e inclusive que la finalidad era de obtener un provecho económico, trasladando el dinero hacia distintos lugares de nuestro país con la finalidad de cambiarlos en moneda nacional, acción que de forma regular lo pudo efectuar en su ciudad de residencia y bancos de la ciudad de Tarapoto y, ii) bienes y recursos que han sido afectados dentro de un proceso penal y no se hubiere tomado sobre ellos una decisión definitiva por cualquier causa; pues en el caso en concreto se tiene que los bienes primigeniamente fueron afectados dentro de un proceso penal pero sobre los mismos no había recaído decisión definitiva. Cabe resaltar que este proceso judicial se tramitó en el marco de la vigencia del Decreto Legislativo 1373, Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio, cuya finalidad es garantizar la licitud de los derechos reales que recaen sobre los bienes patrimoniales, evitando el ingreso al comercio en el territorio nacional o extrayendo de éste los bienes que provengan de actividades ilícitas o estén destinados a ellas. Siendo importante poner de relieve que se trata de la Primera Sentencia de Extinción de Dominio del Nor Oriente peruano.

JUEZ SUPERIOR DE LA CORTE LIBERTEÑA PARTICIPA COMO PONENTE EN EVENTO INTERNACIONAL SOBRE EXTINCIÓN DE DOMINIO QUE SE REALIZA EN COLOMBIA

2020-02-17 / Bogota Colombia

El juez superior titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Manuel Luján Túpez, participó como ponente en un importante evento internacional sobre lavado de activos y extinción de dominio, que organiza la Embajada Británica en la ciudad de Bogotá, jornada académica que inició el lunes 17 de febrero y concluirá el próximo jueves el 20 de febrero. Nuestro magistrado expuso sobre la perspectiva peruana, según el Poder Judicial, sobre la nueva ley de extinción de dominio, tema que se trabaja en nuestro país recientemente y que en poco tiempo ya ha generado una importante casuística. Durante estos cuatros días los operadores judiciales de nuestro país debatirán sobre este tema con sus pares de Colombia y Gran Bretaña. La extensa jornada académica y judicial incluye mesas de trabajo permanente con la finalidad de analizar las diferentes estrategias implementadas en Perú y Colombia, para frenar este tipo de delitos; al finalizar dicha actividad se definirán los protocolos básicos de operaciones para poder hacerle frente a los delitos de lavado de activos y extinción de dominio. En su momento el juez superior titular Luján Túpez, reconoció que el sub sistema peruano de extinción de dominio ha demostrado eficiencia y eficacia en menos de un año, tiempo en el que ya se pueden contabilizar poco más de 100 casos que se ven en los juzgados y salas especializadas. "México fue pionero en estos temas, le sigue Costa Rica, Guatemala y Colombia, ellos han necesitado más de tres años, y hasta ocho, para poder generar sus casos; nosotros en menos de un año ya tenemos una cantidad significativa de casos", remarcó "Hemos tomado lo mejor de las legislaciones existentes para hacerle frente a este tipo de delito, por eso estamos un pie adelante; pero además debemos sumarle el ímpetu de cada magistrado para dejar precedentes en bien del país. Y si a ello le sumamos el apoyo del presidente del Poder Judicial, podemos afirmar que estamos trabajando para que el sub sistema de extinción de dominio se consolide y llegar a hacer un referente en el mundo" destacó el magistrado. Dijo además que en nuestra región se ha iniciado el proceso de extinción de dominio que proviene de la minería ilegal, estrategia que fue debidamente estudiada para pode operativizarla en los juzgados. "Creemos que los bienes provenientes de este proceso ilegal es menos compleja de entorpecerla, lo que no sucede con el patrimonio proveniente del crimen organizado ya que esta tiene el compendio del probatorio de los procesos penales" aseguró Luján Túpez. El juez superior titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Manuel Luján Túpez, explicó también que en el 2007 se presentó un estudio donde se reflejan datos económicos que genera el sistema informal, y este capital no legal supera cuatro veces el presupuesto anual del Perú. "Si no hubiese este tipo de informalidad podríamos mantener -con este dinero- cuatro veces más a nuestro país, y si recuperamos todo este dinero podríamos ser un país del primer mundo" concluyó el destacado magistrado.

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